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CABILDO DE FUERTEVENTURA.

El Cabildo de Fuerteventura asume las competencias en materia de evaluación ambiental de La Oliva y Puerto del Rosario

El Pleno del Cabildo, en sesión celebrada hoy, viernes, 30 de julio, ha aprobado los convenios entre Cabildo y ayuntamientos de La Oliva y Puerto del Rosario para la delegación de competencias para la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos impulsados a iniciativa pública o privada en sus respectivos términos municipales. En el caso del convenio de La Oliva, se exceptúa la evaluación ambiental ex post de la Urbanización del Plan Parcial SAU-12 Casas de Majanicho, por no poder cumplir el Cabildo con los plazos previamente establecidos.

Para el presidente Sergio Lloret López, esta aprobación refleja ‘una vez más, el espíritu de colaboración con el que queremos gobernar y nuestra voluntad de cooperación y asistencia con todos los ayuntamientos, para lograr ser más eficaces en la gestión’.

Los ayuntamientos pueden delegar las competencias en materia de evaluación ambiental en el órgano ambiental insular, en el caso de que carezcan de los recursos suficientes. Tanto el ayuntamiento de La Oliva como el de Puerto el Rosario manifestaron su voluntad de delegar en el Cabildo estas competencias, a falta de que hagan llegar al Cabildo el acuerdo de delegación aprobado por el Pleno local.

En uno y otro caso, los convenios, con un plazo de vigencia de cuatro años, prorrogable por uno más, serán publicados en el Boletín Oficial de La Provincia, en el portal web de la Corporación y en su Portal de Transparencia.

Todos aquellos expedientes que se encuentren en trámite actualmente en alguno de los antiguos órganos continuarán su tramitación en el nuevo Órgano de Evaluación Ambiental de Fuerteventura (OAF), salvo que ambos ayuntamientos desistan o comuniquen expresamente su desacuerdo.

Se creará una Comisión de Seguimiento que será, igualmente, el órgano colegiado encargado de resolver las dudas o problemas sobre la aplicación del convenio, y estará compuesta por el Alcalde/Alcaldesa o persona en quien delegue, el Presidente/a del Cabildo o persona en quien delegue, un/una licenciado/a en derecho y un/una titulado/a superior competente en materias ambientales del Cabildo Insular y un/una licenciado/a en derecho y un/una titulado/a superior competente en materias ambientales del Ayuntamiento.

Por último, los Ayuntamientos se comprometen a dotar de previsión económica presupuestaria suficiente, de modo que el gasto originado por el convenio se devengue en función de las sesiones certificadas en las actas correspondientes de los órganos ambientales dedicadas a sus expedientes.

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